Los Contratos para Profesores
Los Contratos para Profesores - En muchos casos, la emoción por haber conseguido empleo, la inexperiencia o el desinterés por el derecho hacen que los maestros firmen sus contratos sin conocer las características que los componen ni las obligaciones del empleador y del empleado.
Los Contratos para Profesores los mas usados
Hoy les mostramos cuáles son los rasgos de un contrato a término indefinido, a término fijo, por obra y servicios, o por prestación de servicios, pero igualmente firman, desconociendo muchas cosas que en ellos se contemplan.
Los Contratos para Profesores a término indefinido
Los Contratos para Profesores - El contrato a término indefinido es una modalidad que vincula al empleado sin determinar la duración de la relación laboral.
• Cuando un trabajador es despedido sin justa causa, el empleador lo tiene que indemnizar. Por el primer año le debe pagar un sueldo de 30 días, a lo que le deben sumar el equivalente a un salario de 20 días por cada año que haya trabajado, a partir del segundo año.
• El empleado puede dar por terminado el contrato en cualquier momento. Pero si renuncia sin justa causa, solo se le entregará la liquidación.
• Los trabajadores, después de un año cumplido de contrato, tienen derecho a 15 días hábiles de descanso remunerado. Las vacaciones se pueden acumular solo por tres años. Al cumplirse el plazo, el empleado debe tomar vacaciones.
• La empresa y el trabajador tienen que contribuir a los pagos de pensión con un 16 % del sueldo, dividido en 12 % y en un 4 %, respectivamente. En salud, el porcentaje es de 12,5 %, en el que el empleador paga un 8,5 % y el empleado, un 4 %.
• La empresa cubre enteramente los riesgos laborales, pero no hay un porcentaje fijo: varía dependiendo de las características de cada trabajo.
• La empresa debe pagar las prestaciones sociales
1. El pago de cesantías equivale a un mes de sueldo al año, que se consigna en un fondo, pero solo es entregado cuando el empleado se encuentre desempleado o cuando necesite dinero para vivienda o educación.
2. El empleador debe pagar el interés de las cesantías, que es de 0,12 % del dinero acumulado durante el año.
3. La prima de servicios equivale a un salario adicional, dividido en dos: una parte se paga en junio y la otra, en diciembre.
Los Contratos para Profesores - Este tipo de contrato se presenta con casi todos los profesores del sector oficial, y es casi inexistente en el sector no oficial, excepto con el jefe de área o los profesores de algunos colegios.
Los Contratos para Profesores el laboral a término fijo
• Las relaciones contractuales se firman con fecha de inicio y de terminación claramente establecidas. Según la ley de contratación, para los profesores corresponde a la duración del año escolar. En los colegios de calendario A, por ejemplo, suelen firmarse por diez meses, desde finales de enero hasta el 29 de noviembre.
• Al terminar el tiempo del contrato, si no se acaba la relación laboral, la renovación es automática, por el mismo periodo. Si esto ocurre en tres periodos consecutivos, el contrato se vuelve indefinido.
• Si el empleador finaliza el contrato antes de que se acabe el término, tiene que pagar el tiempo restante. Por ejemplo, si el contrato iba hasta diciembre y el profesor es despedido sin justa causa en agosto, deben remunerarlo por el mes de agosto, septiembre, octubre y noviembre.
• Las condiciones del contrato para las vacaciones son las mismas que en los contratos a término indefinido.
• El empleador y el trabajador están obligados a contribuir a la seguridad social en la misma proporción que en los contratos a término fijo. Lo mismo ocurre con el pago de las prestaciones sociales.
• Sin embargo, en los contratos a término fijo, el empleador solo debe cumplir con los aportes a la seguridad social y a las prestaciones, mientras haya una relación contractual. Entonces, en los colegios que contratan a diez meses, los profesores deberán aportar el porcentaje completo de la pensión por su cuenta durante los meses restantes. En cuanto a la salud, las EPS siguen prestando los servicios médicos hasta por tres meses sin contribución.
Los Contratos para Profesores el de obra o labor
o Se paga por una obra realizada, por ejemplo, por la reparación de un lavaplatos, o por una labor específica, como dictar tres sesiones sobre sexualidad. Está definido el trabajo, y la relación laboral se termina cuando haya culminado.
o Si el empleador decide sin justa causa terminar el contrato de obra o labor, deberá liquidar por el trabajo realizado y por lo que faltó por hacerse.
o El empleador debe pagar la seguridad social y las prestaciones sociales de la misma manera que un contrato a término fijo o indefinido. La diferencia es que los aportes son proporcionales a la vigencia del contrato.
Los Contratos para Profesores el de prestación de servicios
Los Contratos para Profesores - Para que un contrato sea de prestación de servicios, tiene que cumplir con tres características:
1. No deben existir relaciones de subordinación: el trabajador no cumple órdenes ni mantiene una relación de autoridad. Tampoco es obligatorio seguir un reglamento, ni horarios.
2. La prestación de servicios es personal, es decir, el que firma el contrato es el que hace el trabajo; no lo puede delegar.
3. La remuneración no es salarial, sino que corresponde a la entrega de un servicio, por ejemplo, una editorial paga cinco millones de pesos por la elaboración de un capítulo de un libro de texto.
o Como en este tipo de contrato no hay relaciones laborales entre el empleador y el trabajador, la empresa no contribuye para los pagos de salud, pensión, riesgos laborales, ni debe pagar las prestaciones sociales.
o En los contratos de prestación de servicios no hay una vinculación laboral, por lo que el empleador no debe pagar seguridad social ni prestaciones; tampoco, vacaciones remuneradas.
Los Contratos para Profesores descuentos en los contratos
Los Contratos para Profesores - Cuáles son los descuentos que le hacen a su sueldo?
o El 8 % del salario es descontado para los pagos de salud y pensión, 4 % por cada aporte.
o Los empleados que reciben sueldos superiores a $3.500.000 deben pagar retención en la fuente.
o Están obligados a declarar renta los maestros que devenguen más de $3.299.250.
o A los que pertenezcan al fondo de empleados, les descuentan el porcentaje de ahorro que hayan acordaron al vincularse, máximo de un 10 %.
o Los que hayan adquirido préstamos con el fondo de empleados tienen que pagar cada mes el monto acordado, que varía según el número de cuotas y la suma total.
Enlace - Contrato de Trabajo Verbal
Deja una respuesta